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19 de octubre de 2010

Me gane la Loteria de Visas Americanas (green card). Tengo que hacer Planificación Fiscal Pre-inmigratoria ?

Como dicen en Venezuela... Con que se come eso?? Bueno realmente no es un plato de comida sino algo totalmente diferente y relacionado con sus impuestos... Y  mas si partimos del famoso dicho americano que reza, "Lo único seguro es la muerte y los impuestos." (Nothing is certain but death and taxes)

Si,  así es… Sabia Ud, que hay ciertas actividades que tienen un impacto fiscal en su futuro y por ende en sus ingresos y que son claves tomarlas en cuenta antes de fijar residencia en los Estados Unidos como ganador de la Lotería de Visas o bajo otra figura con la cual se haga residente legal?

Asumiendo que haya ya realizado todas las actividades claves del proceso de obtención de la “green card” a través de la Lotería de Visas,
 incluyendo el penúltimo paso de entrevista en la Embajada,  su visa de inmigrante haya sido aprobada , haya recibido su pasaporte, (en el cual le dan 6 meses para entrar a los Estados Unidos y hacerse residente) y solo le quede la parte de planificar su viaje, mudanza y eventual relocalización en alguno de los 50 estados o en el distrito federal (Washington DC) , sugerimos tome en cuenta lo siguiente:

  1. El día que entra en los Estados Unidos con su visa de Inmigrante, se convierte ese mismo día en Residente Legal Permanente (LPR) y por lo tanto en Contribuyente Fiscal (Aun cuando la green card le llegue varias semanas después…). En otras palabras si usted decide entrar con su visa de inmigrante el 31-12 -2010, usted deberá declarar y pagar sus impuestos, (exactamente igual que lo hacen los ciudadanos Norteamericanos)  incluyendo todos los ingresos globales del 2010,  a mas tardar en Abril 2011…Ahora bien si decide postergar su entrada hasta inicios del 2011, empezara a declarar a partir de Abril 2012, en base a los ingresos totales del 2011.
  2. Al convertirse en residente, usted deberá reportar en su declaración de impuestos, todos los ingresos o ganancias sin importar donde se originen, bien sea en los Estados Unidos, en su anterior país de residencia, o en cualquier otra parte del Mundo. En otras palabras el IRS (siglas en Ingles del Servicio Interno de Rentas de los Estados Unidos) toma en consideración sus ingresos mundiales o globales para el cálculo de los impuestos que hay que pagarle al tio Sam..
  3. Recuerde que en EEUU existen en general varios niveles y tipos de impuestos: Impuestos Federales sobre los ingresos mundiales (federal income tax), impuestos estatales sobre los ingresos o “state income tax”, (algunos estados tienen y otros no, por ejemplo Florida no tiene actualmente impuesto estatal sobre los ingresos)  impuestos sobre el patrimonio o “estate taxes”, (estatal que depende de las leyes locales y federal, cuya ley esta siendo revisada próximamente) , impuestos sobre los regalos a terceros (gift taxes), impuestos sobre la propiedad (su casa o apartamento por ejemplo) usualmente fijados por el condado donde se encuentre su residencia ubicada y por ultimo el impuesto a las ventas (sales tax) el cual igualmente varia de estado a estado. Todos estos impuestos son incrementales.. Entre mas se tiene mas se paga….
  4. Partiendo de estas premisas,  y si tiene cierta flexibilidad en su fecha de viaje, hay ciertas actividades que los planificadores fiscales recomiendan Ud. efectúe en el año anterior a fijar residencia legal en los EEUU. Por ejemplo si ya Ud tiene su visa de inmigrante y puede realizar su viaje a principios del 2011, y tiene planteado vender algunos de sus pertenencias antes de relocalizarce permanentemente en EEUU, (casa, carro, apartamento, acciones en la bolsa, negocio, etc),  podría hacer lo siguiente:
    1. Adelante la venta o ganancia no realizada de sus activos y ejecute estas ventas antes del año en que se convierta en residente. Si espera hacer esto para cuando ya sea residente tendrá que reportar sus ganancias de estas ventas al IRS.
    2. Las ventas de activos, acciones, etc que le generaran perdidas fiscales, puede efectuarlas el año en que haga residente, de esta manera podrá utilizar parte de estas perdidas como deducibles en su futura declaración anual al IRS.
    3. Si va a recibir alguna suma de dinero importante (herencia, pago de bonos, pago de deudas personales, etc) asegure de recibirlo antes del año en  convertirse en residente.
    4. Si plantea hacerle un regalo importante a una persona cercana o a cualquier otra persona, bien sea en efectivo o en activos (pasarle la propiedad de un activo a otra persona, etc), hágalo antes del año en convertirse en residente. Hay restricciones del IRS de cuanto puede Ud regalar a los demás anualmente sin ser gravable (sin tener que pagar impuestos)
    5. Si quiere vender algún activo iliquido (difícil de vender)  para poder realizar sus ganancias antes de hacerse residente y luego que se haga residente  quiere volver a comprarlo de la misma persona a quien lo vendió, asegure de recibir la asesoria legal correspondiente, especialmente si hace la venta a algún amigo o relacionado.
    6. Tenga cuidado con su patrimonio, sea este poco, mediano o grande. Los Estados Unidos son reconocidos como el país más litigante del mundo y las demandas civiles son parte del día a día. Como se protege usted contra esto y contra las perdidas fortuitas que pueden afectar sus pertenencias (robo, incendio, huracán, inundación, asaltos, terremotos, etc) ?. Lo que recomiendan algunos expertos es asegurar de tener un buen seguro para sus pertenencias con un adecuado nivel de cobertura de responsabilidad civil o “liabiliy”  (vehiculo, residencia, negocio, etc)  por si acaso Ud. tiene un accidente con su vehiculo y haya lesionados graves, alguien de visita se cae en su casa y se fractura un hueso …., o por cualquier otra cosa, aunque suene inverosímil, y por ultimo, si esta todavía preocupado puede comprar lo que denominan un “seguro paraguas” (Umbrella insurance), el cual cubre lo que no esta cubierto (valga la redundancia)  por la responsabilidad civil (liability insurance) de sus seguros básicos y hasta la suma asegurada que Ud haya comprado, tiene un costo relativamente bajo anual (siempre y cuando compre sus pólizas con la misma empresa…). Lógicamente si su patrimonio es sustancial le recomendamos consulte a un asesor fiscal que conozca muy bien las leyes impositivas Norteamericanas y pueda sugerirle un plan de protección patrimonial ajustado a sus necesidades.
    7. Para tranquilidad de muchos, de todas formas si existen algunos bienes que no pueden ser embargados por un juicio, incluyendo por ejemplo su casa, fondos de retiro, sueldos, etc, lamentablemente esto varia de estado de estado, pero le recomendamos conozca estas leyes por su beneficio futuro.
    8. De la misma forma tome en cuenta que existen regulaciones sobre las transferencia de patrimonios y cuanto es gravable y cuanto no, que es sujeto a impuestos y que no, etc, en caso de fallecimiento del residente legal,  tanto a nivel federal como en cada estado y sin importar en que parte del mundo se encuentren sus activos.  Si esta área le puede preocupar por tener un patrimonio considerable consulte a su abogado o asesor fiscal de confianza y que conozca las leyes Americanas, que seguro le podrá elaborar un plan de protección patrimonial ajustado a su medida y en cumplimiento de las leyes estatales y federales.
    9. Si quiere conocer algo mas sobre las implicaciones fiscales de hacerse residente de los Estados unidos puede consular esta guía del IRS denominada Recién llegado a los Estados Unidos? o si desea puede visitar la pagina web del Servicio de Rentas de los Estados Unidos  la cual cuenta con algunas secciones en idioma español
  5. De la misma forma si quiere informarse mas sobre que responsabilidades y deberes tiene como residente legal en los EEUU puede leer el siguiente material “Bienvenido a los Estados Unidos, guía para inmigrantes nuevos” emitido por el servicio de Ciudadanía e inmigración de los Estados Unidos ( USCIS en Ingles) Lógicamente todas sus decisiones de índole fiscal deben estar igualmente ajustadas a ley del país donde sea actualmente residente y de las implicaciones de los posibles tratados fiscales que existan entre su país actual de residencia y los Estados Unidos.
  6. Por ultimo tome en cuenta que hay otra cantidad importante de actividades que Ud puede y debe realizar ya una vez establecido en territorio Americano, para planificar estratégicamente  el pago de sus impuestos, evitar perdidas y sobre todo hacer todo ajustado a la ley y tomando ventaja de las leyes existentes, bien sea para pagar gastos de educación, salud, vivienda, ahorros para el retiro, etc.

Suerte!!


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La información aquí contenida no constituye asesoría legal y no debe ser utilizado como un sustituto para la búsqueda de asesoría legal, en caso de ser necesaria. La contratación de un abogado o un asesor es una decisión importante que no debe basarse únicamente en la información suministrada acá. El escritor no representa ninguna oficina del gobierno ni cualquier otra entidad jurídica. Todo el contenido de esta comunicación es estrictamente para fines informativos y es la completa responsabilidad del lector cómo la utiliza

9 comentarios:

  1. Hola Peter como te va?
    Te molesto para lo siguiente;
    No se si recordaras que te conte que me salio la green card en Mayo del 2011. Por estar residenciado en Canada, le pregunte al oficial de imigracion cuanto tiempo tenia para mudarme a USA y me dijo que hasta Mayo 2012 maximo.(un ano). Mi pregunta: debo realizar la declaracion de impuestos aun cuando no me he mudado definitivamante a USA?
    Muchos saludos!

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    1. Te aclaro: Desde el punto de vista fiscal te conviertes en contribuyente desde el 1ro de enero del año en que te conviertas en LPR. Si no has entrado a USA con tu Inmigrant visa todavía no eres LPR y por ende todavía no tienes compromisos fiscales. Si entras en Mayo de este año, entonces en tu tax filing del 2013 deberas reflejar tus ingresos mundiales desde el 1-1-2012 hasta el 31-12-2012. Aclaro nuevamente si ya tienes Green card, eres LPR y si debes declarar tus ingresos mundiales y hacer tu tax filing en EEUU antes de Abril 2012. Si no tienes Green card, ni te han colocado el sello con el alien number en tu visa de inmigrante, todavía no eres Legal permanent resident y por dende no tienes que hacer el tax filing este año. En otras palabras, el hecho de no vivir permanentemente todavía en EEUU no te exime de pagar tus impuestos, la obligación se genera de manera automática cuando usas tu visa de inmigrante para entrar. Y en cuyo momento te asignan un alien number con el sello que estampan en la visa de inmigrante en tu pasaporte.
      Mas detalles sobre el tema de impuestos para residentes que viven fuera de EEUU aca http://www.irs.gov/pub/irs-pdf/p54.pdf
      Suerte

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  2. Hola Peter! Yo me hice residente el mes pasado (marzo 2012) mi pregunta es si debo hacer declaración de impuestos antes el IRS este mes de abril, cuando apenas tengo un mes de haberme hecho residente. Gracias de antemano.

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    1. Visto que te hiciste residente este año, eres residente fiscal desde el 1ro de Enero de este año, por lo tanto tu primera declaracon de impuestos al IRS correspondera a tus ingresos globales del 2012 y la tendras que realizar a partir de Enero del 2013. Lo que si debes hacer es que dependiendo de la actividad economica que realices aca, puedas estar en la necesidad de que te retengan impuestos en tus ingresos, suerte

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  3. Buenos días Peter, tengo una duda. ¿Existe alguna diferencia en cuanto al pago de impuestos entre un residente y un ciudadano?. Gracias.

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    1. No, los residentes legales permanentes (green card holder) son tratado desde el punto de vista fiscal, igual que un ciudadano norteamericano, pagan impuestos federales sobre los ingresos mundiales. Mas detalles aca http://goo.gl/iUUin

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  5. Saludos peter, yo entrare a estados unidos como residente en septiembre apartir de que fecha debo pagar impuestos?

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    1. Si entras en Septiembre 2014, deberas hacer tu declaracion de impuestos entre el 2 de Enero y el 15 de Abril del 2015 y pagar impuestos sobre los ingresos globales tenidos durante el 2014, sin embargo visto que seras residente en el extranjero por mas de 180 dias (casi 9 meses) hay ciertas excepciones que pueden aplicar en los ingresos que tengas en Venezuela y que podrás exonerar del pago de impuestos en los EEUU. Esto debe poder explicartelo en detalle cualquier firma especializada en impuestos. Suerte

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