La manera idónea de llevarte legalmente a tu esposa de regreso a EEUU es que ella aplique como dependiente de visa F1 de tal forma que le otorguen visa F-2 para lo cual lógicamente tiene que demostrar y presentar los recaudos respectivos (soporte financiero de tu parte y lazos y arraigo con su país de origen).
Algo importante a conocer es que la visa F-2 tiene algunas limitaciones, no puede estudiar a tiempo completo, y no puede trabajar en ningún tipo de trabajo y su estadía legal en EEUU finaliza al tu terminar los estudios y regresar a tu país. En caso que ella tenga pensado estudiar a tiempo completo lo ideal es que vez de tramitar una visa F-2 , tramite directamente una Visa F-1 de estudiante, todo según los requisitos estipulados por la Embajada de EEUU en Caracas en este vinculo.
La otra opción que tendría tu esposa es aplicar por una visa de turista, pero no hay garantía que le den entrada por 6 meses en la I-94 cada vez que entre a los EEUU y tendrá que estar saliendo y entrando, lo cual en algún momento será cuestionado por el oficial de CBP y hacerle mas difícil su entrada a EEUU por las largas estadías injustificadas (en calidad de turista).. de ahí me recomendación que lo ideal es que ella aplique por su visa F-2. Lo ideal es que ella procese la Visa F-2 junto contigo, pero si no es posible deberá asegurarse de llevar a la entrevista, en adición a los documentos y soportes regulares, copia de excelente legibilidad de tu pasaporte (hoja bibliográfica) y de tu Visa F-1, al igual que copia certificada del acta de matrimonio de uds.Para procesar la Visa F-2 deberás solicitar a la Universidad te emitan una nueva I-20 que incluya a tu esposa y ella con esto y los demás documentos podrá tramitar una visa F-2 de acompañante en la Embajada.
El tiempo de tramitación del proceso dependerá que tan rápido te emitan la nueva I20 en la oficina de estudiantes internacionales de la Universidad donde estudias, para lo cual deberás presentar respaldo de suficiencia económica o soporte económico según los estándares definidos para tal fin por la Universidad. Si tienes manera de demostrar el respaldo económico de manera rápida, el proceso de emisión de la I20 no debería tomar más de una semana usualmente.
Una vez que tenga tu esposa la nueva I-20 podría tomar cerca de 4 a 6 semanas (o tal vez menos) conseguir la cita de la entrevista, llenar la DS-160, tener los recaudos listos y asistir a la entrevista en la Embajada en Caracas, para luego de aprobada la visa F-2 hacer el viaje a EEUU. Mas detalles sobre las visas de estudiantes en el siguiente vinculo de USCIS
Otra opción que existe es que si ella ya tiene visa de turista, podría entrar a EEUU y luego que se reúna contigo puede pedir cambio de status de B1/B2 a F-2, el cual una vez aprobado le permitirá quedarse en EEUU hasta que tu termines tus estudios y te mantengas en status, la desventaja de esta alternativa es que si sale de EEUU no podrá re-entrar a menos que le estampen la Visa F-2 en el pasaporte para lo cual necesitara cumplir todos los requisitos exigidos para la emisión de la visa en cuestión por parte del Consulado o Embajada donde tramite la misma.
Se que las citas de las visas F-1 las dan relativamente rápido, 1 a 2 semanas máximo, y estoy asumiendo las F-2 las dan con la misma velocidad, pero puedo estar errado. Toman en cuenta que efectivo el 30/4 hay un cambio en el procesamiento de citas en el Embajada en Caracas, en tal sentido a partir del 30 hay que primero llenar la DS-160, luego imprimir la hoja de confirmación, luego pagar en el banco y solo después de pagar los aranceles consulares, podrá solicitar la cita. Mas detalles del nuevo procedimiento acá
Si quiere recibir notificaciones de nuevos articulos siganos en Twitter
Suerte y espero esta información les sirva de ayuda y no dejen de revisar los directorios, pueden conseguir respuestas a muchas otras dudas..
Suerte!!
La información aquí contenida no constituye asesoría legal y no debe ser utilizado como un sustituto para la búsqueda de asesoría legal, en caso de ser necesaria. La contratación de un abogado o un asesor es una decisión importante que no debe basarse únicamente en la información suministrada acá. El escritor no representa ninguna oficina del gobierno ni cualquier otra entidad jurídica. Todo el contenido de esta comunicación es estrictamente para fines informativos y es la completa responsabilidad del lector cómo la utiliza
Suerte y espero esta información les sirva de ayuda y no dejen de revisar los directorios, pueden conseguir respuestas a muchas otras dudas..
Suerte!!
La información aquí contenida no constituye asesoría legal y no debe ser utilizado como un sustituto para la búsqueda de asesoría legal, en caso de ser necesaria. La contratación de un abogado o un asesor es una decisión importante que no debe basarse únicamente en la información suministrada acá. El escritor no representa ninguna oficina del gobierno ni cualquier otra entidad jurídica. Todo el contenido de esta comunicación es estrictamente para fines informativos y es la completa responsabilidad del lector cómo la utiliza
No hay comentarios:
Publicar un comentario
FAVOR LEA BIEN ESTAS INSTRUCCIONES ANTES DE PUBLICAR SU PREGUNTA O COMENTARIO:
Si desea hacer una pregunta o comentario publico, utilice la plantilla que sigue al final de cada articulo, asegure de iniciar un nuevo comentario (no escriba dentro de otro ya iniciado por otra persona a menos que sea el suyo, luego SUSCRÍBASE CON SU CORREO (en la columna derecha del blog donde dice SUSCRIBIRSE A ENTRADAS o COMENTARIOS) para que reciba la respuesta de su consulta directamente en su correo (NO SPAM ) una vez esta haya sido respondida. Asegure de escribir su pregunta o comentario en el articulo que trata el tema de su consulta. NO DUPLIQUE su comentario o consulta ya que ambos serán eliminados. De la misma forma si publica una pregunta sobre un asunto que no corresponde con el articulo en el cual esta siendo incluida, la pregunta SERA ELIMINADA
Si no se suscribe, lo mas posible es que tenga luego problemas para ubicar en el blog si su pregunta fue respondida o no, vista la cantidad de artículos que este contiene, al igual que la cantidad de comentarios de otros usuarios, lo que hace fácil perderse entre tanta información, eliminado todo este problema solo con suscribirse a la respuesta.
El proceso de suscripción es totalmente privado (esto es manejado directamente por la plataforma de blogger) .
NO DUPLIQUE SUS PREGUNTAS, si realiza una pregunta al pie de un articulo y luego al pie de otro, el sistema ELIMINA AMBAS PREGUNTAS y ninguna será contestada!!!
Asegure de que sus preguntas sobre el mismo tema sean debajo del tema original NO GENERE UN NUEVO TEMA con preguntas de un tema anterior ya que su nueva pregunta será ELIMINADA.
Solo se responderán preguntas que no estén ya contestadas en los otros comentarios, por lo tanto le recomiendo leer los demás comentarios, antes de realizar una nueva pregunta.
Su pregunta debe ser realizada en el post que corresponde, por ejemplo no haga una pregunta sobre algo de Cadivi, en un articulo sobre visas de turista, ya que su pregunta no será respondida
El suministro de cualquier información en la sección de comentarios no implica que la misma establece algún tipo de relación comercial. La contratación de un abogado o un asesor es una decisión importante que no debe basarse únicamente en la información suministrada en estos artículos.
Todas las preguntas suministradas al blog serán respondidas, según las posibilidades, manteniendo la privacidad del usuario.